Análisis técnico para litigantes: Amparo Directo 284/2022

¿Prefieres una visión general antes de entrar al detalle?

Tenemos una versión más breve y contextual de este caso, con un resumen de la resolución del tribunal y lo que significa para quienes litigan con pagarés electrónicos.

Lee la nota completa aquí.


Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región (auxiliando al Décimo Segundo Circuito, Mazatlán, Sinaloa).

1. Antecedentes procesales

  • Juicio de origen: Ejecutivo mercantil promovido para reclamar el pago de un pagaré electrónico firmado mediante plataforma de firma electrónica.
  • Actor: Persona física.
  • Demandado: Persona física.
  • Documento base de la acción: Pagaré en archivo PDF, firmado electrónicamente, presentado en memoria USB.
  • Primera resolución:
    • La Jueza de Primera Instancia desechó la demanda tras invalidar el pagaré, basándose en que una plataforma de validación electrónica marcó el archivo como “no válido”.
  • Amparo directo:
    • El tribunal federal revisó el archivo y al realizar una nueva validación obtuvo un resultado positivo, reconociendo la validez del pagaré.
    • Se concedió el amparo para que la juez emita una nueva resolución, valorando correctamente el documento.

2. Documento digital involucrado

  • Tipo de documento: Pagaré electrónico firmado mediante plataforma de firma.
  • Medio de entrega: Memoria USB.
  • Validación: Contenía instrucciones para validación vía web.
  • Firma electrónica: Avanzada, conforme a lo indicado por la plataforma utilizada.

3. Fundamentos jurídicos aplicables

  • Código de Comercio:
    • Art. 89: Equivalencia funcional del documento electrónico.
    • Art. 89 Bis: Presunción de autoría de firma electrónica avanzada.
    • Art. 97: Requisitos para reconocer la validez de la firma electrónica.
    • Art. 99: No repudio y responsabilidad del firmante.
  • Código Federal de Procedimientos Civiles (aplicación supletoria):
    • Art. 202: Valor probatorio de documentos electrónicos.


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4. Impacto procesal del criterio

  • Validación digital no es absoluta: Una falla puntual de una plataforma de validación no puede invalidar automáticamente un pagaré electrónico.
  • Valor probatorio integral: Los jueces deben valorar todo el conjunto de pruebas ofrecidas, no basarse exclusivamente en resultados de validación digital.
  • Seguridad jurídica reforzada: El tribunal reitera que la firma electrónica avanzada tiene plena eficacia legal conforme al Código de Comercio.

5. Recomendaciones tácticas para litigio

  1. Presentar el documento original electrónico, no versiones impresas ni capturas.
  2. Aportar constancia de conservación conforme a la NOM-151 para acreditar integridad y existencia del documento en fecha cierta.
  3. Preparar evidencia adicional:
    • Capturas de validaciones exitosas.
  4. Citar expresamente los artículos 89, 89 Bis, 97 y 99 del Código de Comercio en demandas o promociones.
  5. Anticipar posibles fallos de plataformas solicitando al juez considerar otros elementos de convicción más allá de la validación en línea.

6. Consideraciones adicionales

  • El tribunal federal no ordenó pericial informática.
  • La protección se otorgó para que el juzgado valore correctamente el documento, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto (no obliga a dictar sentencia condenatoria, solo a no invalidar de forma anticipada el pagaré).

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