¿Prefieres una visión general antes de entrar al detalle?
Tenemos una versión más breve y contextual de este caso, con un resumen de la resolución del tribunal y lo que significa para quienes litigan con pagarés electrónicos.
Amparo Directo D.C. 321/2021 – Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Este caso refuerza un criterio clave: no puede exigirse pericial técnica si la autenticidad del documento electrónico no fue cuestionada.
1. Antecedentes procesales y resolución
Un acreedor promovió juicio ejecutivo mercantil oral reclamando $750,000 con base en un pagaré electrónico.
Documentos presentados:
- Archivos PDF, ASN.1 (constancia de conservación) y constancia de validación en USB
Durante el juicio:
- El deudor no negó haber firmado ni objetó la validez del documento
- A pesar de ello, la jueza desechó la demanda por falta de pericial
El tribunal consideró este enfoque excesivo y regresivo. Concedió el amparo y ordenó admitir la demanda.
2. Identificación del documento digital involucrado
- Documento: Pagaré firmado electrónicamente (PDF y ASN.1)
- Firma: Electrónica con trazabilidad y biometría facial
- Plataforma: Sistema web de firma
- Evidencia: Constancia de certificación, fotos, datos biométricos, IP, etc.
3. Fundamentos jurídicos aplicables
Normas aplicadas:
- Código de Comercio: Arts. 89, 89 Bis, 97, 1241
- LGTOC: Art. 170 (no exige firma autógrafa)
- CFPC: Art. 210-A (valor probatorio de archivos electrónicos)
4. Impacto procesal del criterio
- No se debe exigir pericial técnica si no hay objeción expresa
- La firma electrónica es válida jurídicamente incluso en pagarés
- La ausencia de pericial no debe invalidar el documento si existen otros elementos de convicción
- Se exige a los jueces una valoración progresiva, no formalista
5. Recomendaciones tácticas para litigio
Elemento | Recomendación |
Archivo electrónico original | Siempre presentarlo (no solo impresión) |
Constancia NOM-151 | Incluir cuando sea posible |
Pericial informática | Prever solo si hay objeción clara |
Objeciones vagas | Pedir que se tenga por confesa si reconoce haber firmado |
Precedentes judiciales | Citar jurisprudencias sobre equivalencia funcional |
6. Consideraciones adicionales
- La firma electrónica puede sustituir válidamente a la autógrafa, incluso en títulos de crédito
- Las impresiones no tienen valor pleno por sí solas; requieren respaldo digital
- La falta de medios técnicos de validación fue el error del actor en la sentencia original