El uso de pagarés electrónicos sigue creciendo en México. Pero cuando estos documentos llegan a juicio, surgen preguntas clave: ¿es obligatorio demostrar desde el inicio que la firma electrónica es válida? ¿Puede un juez desechar tu demanda solo por no ver “evidencia criptográfica” impresa?
Un reciente amparo directo aclaró estas dudas en favor de quienes utilizan documentos digitales.
El caso y resolución tribunal
Una Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM) promovió un juicio ejecutivo mercantil reclamando el pago de un pagaré firmado electrónicamente.
Con su demanda, exhibió:
- El pagaré en versión impresa
- El archivo electrónico (mensaje de datos) original en USB
- El contrato de adhesión y elementos técnicos del proceso de firma
El juez de primera instancia desechó la demanda, considerando que la impresión no mostraba evidencia criptográfica suficiente y que no se acreditaba la firma autógrafa ni una firma electrónica fiable.
La empresa promovió amparo directo.
¿Qué resolvió el tribunal sobre el pagaré electrónico?
El Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito concedió el amparo, confirmando que:
“No corresponde al actor acreditar de inicio la autenticidad de la firma electrónica en el pagaré. Corresponde al demandado oponer excepciones si niega haber firmado.”
El tribunal sostuvo que:
- La firma electrónica tiene valor legal, incluso si no se exhibe evidencia criptográfica impresa
- El juez no debe prejuzgar la validez del documento antes de que el demandado se defienda
- La demanda debe admitirse si se exhibe el pagaré firmado electrónicamente
¿Qué significa esto para el juicio mercantil?
Este criterio refuerza principios clave:
- Un pagaré electrónico firmado correctamente tiene fuerza ejecutiva
- No es obligación del actor demostrar de inicio la validez técnica de la firma
- La validez solo se analiza si el demandado niega haber firmado
- Incluso una firma electrónica simple puede ser válida si cumple con principios de atribución e integridad
¿Cómo preparar tu pagaré electrónico para juicio mercantil?
- Conserva el archivo firmado electrónicamente (XML, PDF firmado, etc.)
- Adjunta los elementos que tengas como la constancia de conservación NOM-151 y, si es posible, el certificado de firma de los firmantes.
- Explica brevemente en tu demanda que el pagaré fue firmado electrónicamente
- Prepara prueba pericial informática solo si el demandado desconoce la firma

Este caso no involucra un documento firmado en Mifiel. Se trata de un precedente judicial relevante para el uso de firma electrónica en general.
Conclusión
La Justicia Federal sigue confirmando: los pagarés electrónicos son válidos en juicio si se presentan correctamente. Y no estás obligado a probar la firma desde el inicio.
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