El caso: firma electrónica sin validez legal
Una empresa promovió un juicio ejecutivo mercantil con base en un pagaré electrónico derivado de un contrato de mutuo, alegando que ambos fueron firmados mediante DocuSign. Como prueba, presentó un “certificado de finalización” emitido por dicha plataforma.
El problema: el certificado solo hacía referencia al contrato de mutuo, no al pagaré. Y además, el método de firma usado (teclear el nombre y aplicarlo como firma) no generaba evidencia criptográfica suficiente conforme a la legislación mexicana.
¿Qué resolvió el tribunal sobre la validez de las firmas electrónicas en el pagaré?
Lo destacable es la solidez del análisis jurídico y técnico del juez, quien:
- Reconoció que la firma electrónica puede sustituir a la autógrafa si cumple con el artículo 89 del Código de Comercio.
- Afirmó que debe existir evidencia técnica —como datos únicos asociados al firmante— que vincule la firma con el documento.
- Precisó que si no se advierten los datos que conforman la firma electrónica, no hay certeza de que el firmante haya aceptado el documento.
En este caso, no se acreditó que el pagaré hubiera sido firmado, por lo que el título carecía de fuerza ejecutiva.
¿Qué debemos aprender de esto?
- No toda firma electrónica es válida para juicio. Debe cumplir con requisitos de identificación y vinculación con el documento.
- El pagaré debe tener evidencia propia de firma, no basta con probar que se firmó otro documento relacionado.
Este caso no involucra un documento firmado en Mifiel. Se trata de un precedente judicial relevante para el uso de firma electrónica en general.
Recomendaciones clave para firmar pagarés electrónicos
Este caso confirma una de las razones por las que en Mifiel recomendamos siempre a nuestros clientes firmar el pagaré de forma independiente al contrato de mutuo u otros documentos relacionados. Esta práctica permite que cada documento pueda ser presentado de manera independiente en juicio, lo cual minimiza riesgos al litigar.
¿Necesitas asesoría para comenzar a utilizar pagarés electrónicos? Agenda una sesión con nuestro equipo de expertos en nuestro chatReferencia: Amparo Directo 1373/2025, resuelto por el Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de México. Puedes buscarlo en https://ejusticia.cjf.gob.mx/BuscadorSISE/#/BusqExp