Validez del pagaré electrónico en medios preparatorios: el juez decidió ignorar la regulación de pagarés electrónicos. 

¿Un pagaré firmado digitalmente puede usarse para demandar en un juicio ejecutivo mercantil? Esta fue la pregunta central de un caso reciente que pone en el centro del debate la validez procesal de los pagarés electrónicos en México.

El caso: pagaré electrónico desechado por no cumplir con los requisitos legales

En julio de 2025, un Juzgado Federal en Puebla recibió una demanda ejecutiva mercantil sustentada en un pagaré firmado digitalmente. El promovente alegaba que el documento había sido generado conforme a la NOM-151, acompañado de su constancia de conservación y una impresión electrónica.

Pese a ello, el juzgado desechó la demanda. La razón: el documento digital no cumplía con los requisitos legales de un título ejecutivo, según los principios tradicionales de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Fundamentos jurídicos del pagaré electrónico en juicio mercantil

El juzgado sostuvo que:

  • La ley mexicana aún no reconoce títulos de crédito en forma digital.
  • Un pagaré debe incorporarse físicamente (principio de incorporación).
  • La falta de un documento físico impide el cumplimiento de los requisitos de legitimación y circulación del pagaré.
  • El documento electrónico no garantiza certeza del adeudo ni puede sustituir al pagaré físico.

El artículo 5 y 5 bis de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, a partir de marzo del 2024, reconoce de manera literal la validez y admisibilidad como prueba de un título de crédito digital. Este caso muestra que todavía existen jueces que a pesar de que la regulación no deja lugar a dudas, todavía deciden desechar la demanda y sólo toman como válidos pagarés físicos.

Este caso no involucra un documento firmado en Mifiel. Se trata de un precedente judicial relevante para la ejecución de pagarés electrónicos en juicio

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Validez del pagaré electrónico en medios preparatorios: lo que debes saber

  • Para demandas ejecutivas mercantiles con documentos electrónicos, señalar que a partir de marzo del 2024, la LGTOC reconoce de manera literal su validez.
  • Si se utiliza firma electrónica, asegúrate de tener un sistema sólido de conservación y trazabilidad y atribución.
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Estrategias para litigar con pagarés digitales

Es necesario aclarar en la demanda las bases legales para la admisión de títulos de crédito electrónicos en juicio. No existe, siempre y cuando se cumplan los requisitos dispuestos en la regulación, una justificación válida para exigir que un pagaré sea presentado en medio físico y firma autógrafa.

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