Por Mifiel, con la colaboración de Lic. Jorge Gabriel Ruiz Cortés
Facilitador Certificado #187 en el Estado de Jalisco, Director del Centro Privado de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos #96, con 10 años de experiencia de atender casos de mediación y conciliación en temas Financieros para SOFOMES y Arrendadoras.
Introducción: el incumplimiento no es una falla operativa, es un escenario de riesgo
En las SOFOMES y arrendadoras, el incumplimiento de un crédito no debería entenderse como una anomalía, sino como uno de los escenarios naturales del negocio financiero. Aun con análisis de riesgo, garantías y estructuras contractuales sólidas, algunos créditos fallan.
La diferencia entre una institución financiera madura y una vulnerable no está en evitar por completo el incumplimiento, sino en cómo está diseñado el crédito para cuando ese incumplimiento ocurra.
Los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos de forma preventiva (en Adelante le nombraremos “Mediación Financiera”) en el sector financiero no nace para negociar mejor ni para sustituir la cobranza o el litigio. Nace como una herramienta de diseño del crédito, que permite anticipar el conflicto y definir desde el inicio cómo se resolverá, con qué reglas y con qué consecuencias jurídicas.
Qué es la Mediación Financiera Preventiva
La mediación financiera preventiva es un mecanismo legal que permite a una financiera y a su cliente pactar desde la originación del crédito cómo se atenderán los conflictos futuros derivados de ese financiamiento con un convenio preventivo anexo a al contrato de Arrendamiento o Crédito.
No es un proceso reactivo ni una respuesta al incumplimiento. Es un elemento que se integra al contrato, al pagaré y a la estructura de garantías como parte del modelo de riesgo.
En términos prácticos, la mediación financiera preventiva permite:
- Definir por adelantado el procedimiento para resolver un conflicto.
- Establecer consecuencias claras y ejecutables ante el incumplimiento.
- Evitar que el conflicto se vuelva incierto o dependa de interpretaciones posteriores.
El papel del mediador y de los Centros Públicos de los Estados
El mediador (Ahora Facilitador) es un tercero neutral certificado por un Instituto de Justicia Alternativa ahora Centro Público de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Estado de Jalisco, organismo público vinculado al poder judicial. Su función no es decidir quién tiene razón ni negociar por las partes.
Su papel es:
- Conducir un procedimiento previamente pactado.
- Verificar que las partes comprendan el alcance del acuerdo.
- Validar que el convenio cumpla con los requisitos legales para su registro.
Los Centros Públicos de Justicia Alternativa supervisan estos procedimientos y otorgan el marco jurídico para que los convenios derivados de la mediación puedan registrarse y adquirir fuerza ejecutiva.
Qué significa que la mediación tenga fuerza jurídica
En el sistema judicial tradicional, la ejecución es el último paso de un proceso largo. Primero se discute el fondo del conflicto y, sólo después, se ejecuta.
La mediación financiera preventiva invierte esa lógica. Al estar prevista desde la originación del crédito, el conflicto ya tiene una salida definida.
Cuando un convenio de mediación se celebra conforme a la ley y se registra ante la autoridad correspondiente, adquiere fuerza de sentencia firme. Esto significa que:
- Si el cliente cumple, el crédito se normaliza sin juicio.
- Si el cliente incumple, la financiera puede solicitar directamente la ejecución del convenio.
No se vuelve a discutir el fondo del asunto. El juez actúa únicamente para ejecutar lo ya pactado no habiendo controversia alguna más que la de pago.
Mediación como control de riesgo, no como negociación
Uno de los errores más comunes al hablar de mediación financiera es asociarla exclusivamente con negociación o conciliación.
En realidad, su función principal no es negociar, sino reducir incertidumbre. La mediación financiera preventiva:
- No depende de la buena voluntad futura del cliente.
- No improvisa soluciones cuando el crédito ya está deteriorado.
- No sustituye al litigio, sino que define desde el inicio cuándo y cómo se llega a la ejecución.
En este sentido, la mediación se parece más a un Mecanismo de Cobertura Financiera que a una herramienta de cobranza.
En qué tipos de crédito la mediación agrega mayor valor
La mediación financiera preventiva resulta especialmente útil en créditos donde el valor depende del tiempo, de la continuidad del negocio o de la correcta administración de activos.
Por ejemplo:
- Arrendamientos financieros u operativos, donde la recuperación ordenada del bien es clave.
- Créditos empresariales, que pueden requerir ajustes de flujo sin destruir la operación.
- Estructuras fiduciarias de garantía, donde la ejecución puede acelerarse si está bien diseñada.
En estos casos, la mediación permite que el incumplimiento no se traduzca automáticamente en pérdida de valor.
Cuándo la mediación no es la herramienta adecuada
La mediación no debe utilizarse de forma indiscriminada. Hay escenarios donde el litigio directo sigue siendo la opción más eficiente.
Por ejemplo:
- Cuando existe fraude, simulación u ocultamiento de activos.
- Cuando la garantía es clara, suficiente y el proceso judicial es altamente estandarizado.
En estos casos, la acción judicial inmediata protege mejor el crédito. Diseñar mediación no implica renunciar al litigio, sino elegir conscientemente cuándo usar cada herramienta.
Conclusión: diseñar el crédito para el peor escenario
La mediación financiera no existe para negociar mejor ni para evitar conflictos. Existe para anticiparlos.
“La mediación financiera no sirve para negociar mejor, sino para diseñar el crédito para el peor escenario y reducir incertidumbre desde el inicio”, explica Gabriel Ruiz Cortés, mediador certificado en el Estado de Jalisco.
Integrada desde la originación, permite que el crédito tenga un camino claro incluso cuando falla. Reduce la incertidumbre, acelera la ejecución y convierte el incumplimiento en un evento controlado.
En un entorno financiero cada vez más competitivo, la verdadera ventaja no está en litigar más rápido, sino en diseñar créditos que sepan exactamente qué hacer cuando algo sale mal.
Sobre el Facilitador de Métodos Alternativos
Lic. Jorge Gabriel Ruiz Cortés es facilitador de métodos alternativos de solución de conflictos certificado en el Estado de Jalisco, con amplia experiencia en la implementación de mediación preventiva en SOFOMES, arrendadoras y estructuras fiduciarias. Ha participado en miles de convenios de mediación con fuerza ejecutiva, enfocados en el diseño del crédito, control del riesgo y ejecución eficiente en caso de incumplimiento.

