La FIEL, también conocida como e.firma, es un tipo de Firma Electrónica Avanzada (FEA) que cuenta con presunción legal de atribución, que es lo que la distingue de otro tipo de firmas, como la autógrafa o la simple. La presunción de atribución, presume que quien aparece como firmante en el documento es efectivamente la persona que dice ser.
Pero, ¿qué es lo que hace que la FIEL goce de la presunción de atribución?
Porque tu FIEL es emitida por una institución autorizada
En primer lugar, debes saber que una FEA puede ser emitida únicamente por un PSC (Prestador de Servicios de Certificación).
Existen PSCs públicos y privados, pero, sin importar su naturaleza, estos tuvieron que pasar por un proceso de verificación avalado por la Secretaría de Economía o por el Banco de México para poder emitirlas (en el caso de la e.firma expedida por el SAT, el Banco de México es la institución que le otorga esta autorización).
Hay pocas instituciones que cuentan con la autorización para ser un PSC. Esto se debe a que la institución requiere demostrar a las autoridades que se cuentan con estándares en materia de procesos e infraestructura tecnológica que permiten identificar a las personas que desean tramitar su FEA.
Porque involucra un riguroso proceso de identificación en persona
Por las implicaciones legales que conlleva una FEA como la FIEL, el punto más importante durante su trámite, es que el PSC debe garantizar que ha corroborado fehacientemente la identidad de la persona que la está solicitando.
El SAT, por medio de la toma de datos biométricos, tales como las huellas digitales, el iris y una fotografía del rostro, valida que la persona que se está presentando con su identificación oficial, es la misma a la que le será entregada su FIEL. Además, la toma de estos biométricos previene que una persona pueda obtener dos o más e.firmas usando una identificación falsa.
Como en cualquier otro trámite que requiera tu presencia para poder obtener una identificación, entre más riguroso sea el proceso o los requisitos, mayor será el nivel de confiabilidad o seguridad de dicho documento a la hora de comprobar tu identidad.
Por ejemplo, el pasaporte se tiene que tramitar de manera presencial en una oficina de la SRE siguiendo un estricto proceso de validación de identidad. Es impensable tramitar un pasaporte en línea. Y, debido a este rigor, el pasaporte es aceptado como identificación oficial a nivel nacional e internacional.
En contraste, una identificación de estudiante de cualquier escuela conlleva un proceso de identificación mucho más relajado. Inclusive, algunas de estas identificaciones se tramitan en línea de manera no presencial. Derivado de este proceso menos riguroso, fuera de la escuela que la emitió, esta credencial difícilmente será aceptada como identificación en cualquier otro lugar.
Porque el propietario de la FIEL es el completo responsable de su uso
Finalmente, al entregarte tu FIEL, el SAT te pide firmar una carta de responsabilidad en donde declaras que entiendes y asumes que la FIEL es para tu uso exclusivo y que no debes compartir los archivos que la componen con nadie más.
En caso de que lo hagas, cualquier uso que se le dé a tu e.firma, ya sea bueno o malo, será indiscutiblemente imputable a ti.
Es por esto que es muy importante que en caso de robo, extravío o sospecha de que alguien pudiera tener acceso a los archivos de tu FIEL, estás obligado a informar inmediatamente al SAT para que esta sea revocada y puedas tramitar una nueva.
Conclusión
La combinación del estricto proceso para tramitar una FEA combinada con la carta responsiva que se firma, le confiere a la Firma Electrónica Avanzada un alto grado de certeza legal, independientemente de la situación de su uso. Es decir, aún si el dueño de la e.firma no es quien la usó para firmar, la ley establece que la carga de la prueba para demostrar que no firmó recae en el dueño. Y probar un negativo es prácticamente imposible.
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