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	<title>contratos Archives - Mifiel Blog</title>
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	<description>La firma electrónica y su impacto en el mundo de los negocios</description>
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	<title>contratos Archives - Mifiel Blog</title>
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		<title>Contratos Unilaterales y Bilaterales: ¿en qué se Diferencian?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Carlos López R.]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Jan 2024 13:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Transformación Digital]]></category>
		<category><![CDATA[contratos]]></category>
		<category><![CDATA[legal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Explora las diferencias esenciales entre contratos unilaterales y bilaterales en México y cómo impactan en el ámbito legal y empresarial.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Los contratos unilaterales y bilaterales son dos tipos de contratos que se diferencian en el número de partes que se obligan. En los contratos unilaterales, solo una de las partes firmantes se obliga a cumplir con una prestación. En los contratos bilaterales, ambas partes se obligan a cumplir con prestaciones recíprocas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta diferencia tiene implicaciones importantes para las empresas, ya que afecta a los derechos y obligaciones de las partes en el contrato. Por ejemplo, en un contrato unilateral, <strong>la parte que no se obliga no tiene derecho a exigir a la contraparte el cumplimiento de una prestación</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En este artículo, aprenderás todo lo que necesitas saber sobre los contratos unilaterales y bilaterales, desde las definiciones y características hasta las aplicaciones prácticas y las diferencias legales de fondo.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Fundamentos Legales de los Contratos Unilaterales y Bilaterales en México</h2>



<p class="wp-block-paragraph">En México, los contratos están regulados por el <a href="https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Codigo_Civil_Federal.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Código Civil Federal</a> (CCF) y los Códigos Civiles de los Estados y de la Ciudad de México. Estos definen a los contratos como acuerdos de dos o más personas para producir o transferir obligaciones o derechos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El CCF establece en sus <strong>artículos 1835 y 1836 que los contratos pueden ser unilaterales o bilaterales</strong>. Los contratos unilaterales son aquellos en los que solo una de las partes se obliga a cumplir con una prestación. Los contratos bilaterales son aquellos en los que ambas partes se obligan a cumplir con prestaciones recíprocas.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Contratos Unilaterales</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Los contratos unilaterales son aquellos en los que solo una de las partes se obliga a cumplir con una prestación. La contraparte no tiene ninguna obligación frente a la primera parte.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por ejemplo, una persona puede donar un terreno a una organización sin fines de lucro. En este caso, la persona que dona el terreno se obliga a transferir la propiedad del terreno a la organización sin fines de lucro. La organización sin fines de lucro, por su parte, no tiene ninguna obligación frente a la persona que dona el terreno.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Además de los donativos, otros ejemplos de contratos unilaterales relevantes en el contexto empresarial mexicano son:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Mutuo</li>



<li><a href="https://blog.mifiel.com/contrato-de-comodato/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Comodato</a></li>



<li>Fianza</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading">Contratos Bilaterales</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Los contratos bilaterales, también llamados contratos sinalagmáticos, son aquellos en los que ambas partes se obligan a cumplir con prestaciones recíprocas. Esto significa que cada parte tiene una obligación frente a la otra parte.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por ejemplo, una empresa puede comprar un producto a un proveedor. En este caso, la empresa se obliga a pagar el precio del producto al proveedor. El proveedor, por su parte, se obliga a entregar el producto a la empresa.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Algunos ejemplos comunes de contratos bilaterales son:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><a href="https://blog.mifiel.com/operaciones-de-compraventa-seguras/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Compraventa</a></li>



<li><a href="https://blog.mifiel.com/arrendamiento-financiero-en-linea/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Arrendamiento</a></li>



<li><a href="https://blog.mifiel.com/contrato-de-prestacion-de-servicios/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Prestación de servicios</a></li>



<li>Contratos de obra</li>



<li>Contratos de suministro</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Los contratos bilaterales son los más comunes en las transacciones comerciales. Esto se debe a que las empresas suelen buscar obtener un beneficio de la relación contractual.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En la negociación y ejecución de los contratos bilaterales, es importante tener en cuenta las obligaciones de ambas partes. Las partes deben asegurarse de que sus obligaciones sean claras y precisas.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Diferencia entre Contrato Unilateral y Acto Jurídico Unilateral</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Dos conceptos que pueden confundirse son el de contrato unilateral con el de acto jurídico unilateral. La principal diferencia entre ambos es que el contrato unilateral crea obligaciones jurídicas, mientras que el acto jurídico unilateral no crea obligaciones jurídicas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En el caso de los contratos unilaterales, la <strong>obligación jurídica surge del acuerdo de voluntades de las partes</strong>. En el caso de los actos jurídicos unilaterales, la obligación jurídica surge de la manifestación de voluntad de una sola parte.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por ejemplo, el pago de una deuda es un acto jurídico unilateral, ya que solo la parte que paga la deuda tiene una obligación jurídica. La parte a la que se le paga la deuda no tiene ninguna obligación jurídica.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La Firma Electrónica en los Contratos Unilaterales y Bilaterales</h2>



<p class="wp-block-paragraph">La <a href="https://blog.mifiel.com/que-es-la-firma-electronica/">firma electrónica</a> es una herramienta que ofrece una serie de <a href="https://blog.mifiel.com/que-es-la-firma-electronica/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">ventajas en términos de eficiencia y seguridad legal</a>. En el contexto de contratos unilaterales y bilaterales, la firma electrónica ofrece los siguientes beneficios:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Eficiencia</strong>: la firma electrónica permite a las partes suscribir contratos de forma remota y sin necesidad de desplazarse. Esto ahorra tiempo y dinero a las empresas y a sus clientes.</li>



<li><strong>Seguridad legal</strong>: la firma electrónica ofrece una serie de <a href="https://blog.mifiel.com/presunciones-legales-humanas/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">presunciones y garantías</a> que la hacen más segura que la firma autógrafa. Estas presunciones y garantías incluyen:
<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Presunción de atribución</strong>: se presume que la firma electrónica fue realizada por la persona que se indica en el documento.</li>



<li><strong>Garantía de no repudio</strong>: la firma electrónica ejecutada con certificado de firma electrónica avanzada (como la e.firma) tiene <a href="https://blog.mifiel.com/presunciones-legales-fiel-efirma/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">garantía de no repudio</a>. Esto significa que, en caso de que alguna de las partes intente negar la firma, tendrá que demostrarlo mediante un peritaje criptográfico, lo cual no ha sucedido hasta la fecha en ningún juicio en México.</li>



<li><strong>Garantía de integridad</strong>: los documentos firmados electrónicamente que incluyen una <a href="https://blog.mifiel.com/constancia-de-conservacion-nom151/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">constancia de conservación</a> emitida de conformidad con la <a href="https://blog.mifiel.com/nom-151/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">NOM-151</a>, tienen garantía de integridad. Esto significa que el documento no ha sido alterado desde que se firmó.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<h2 class="wp-block-heading">Conclusión</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Los contratos unilaterales y bilaterales son dos tipos de contratos que se diferencian en el número de partes que se obligan. Mientras que en los contratos unilaterales solo una de las partes se obliga a cumplir con una prestación, en los contratos bilaterales ambas partes se obligan a cumplir con prestaciones recíprocas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La comprensión de los contratos unilaterales y bilaterales es esencial para los abogados que asesoran a empresas. Los abogados deben ser capaces de <strong>identificar el tipo de contrato que se está celebrando, así como las obligaciones y derechos de las partes</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La firma electrónica es una herramienta que puede ser utilizada para facilitar la gestión y ejecución de contratos unilaterales y bilaterales. Las empresas que utilizan la firma electrónica pueden agilizar los procesos de contratación y ejecución de contratos, garantizar la autenticidad e integridad de los contratos, y mejorar la eficiencia y seguridad de sus transacciones comerciales.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Recomendaciones para Abogados</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Los abogados de empresa deben tener en cuenta los siguientes puntos al momento de asesorar a sus clientes sobre contratos unilaterales y bilaterales:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Identificar el tipo de contrato</strong>: El abogado debe identificar el tipo de contrato que se está celebrando, ya que esto determinará las obligaciones y derechos de las partes.</li>



<li><strong>Analizar las obligaciones de las partes</strong>: El abogado debe analizar las obligaciones de cada parte en el contrato, para asegurarse de que estas son claras y precisas.</li>



<li><strong>Utilizar la firma electrónica</strong>: El abogado puede recomendar a sus clientes utilizar la firma electrónica para facilitar la gestión y ejecución de los contratos, además de robustecer su certeza jurídica.</li>
</ol>
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		<title>15 dudas más comunes al implementar la firma digital de contratos</title>
		<link>https://blog.mifiel.com/dudas-implementar-firma-digital-contratos/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Tomás Álvarez Melis]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 Nov 2019 12:00:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Proceso de contratación e implementación de Mifiel]]></category>
		<category><![CDATA[contratos]]></category>
		<category><![CDATA[guía de implementación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Al implementar la firma digital de contratos pueden surgirte diversas dudas sobre cambios en procesos que utilizabas para firma autógrafa.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Muy probablemente ya decidiste implementar la firma digital de contratos mediante Mifiel en tu organización. Tal vez incluso ya la estés usando exitosamente. Pero pueden haberte surgido algunas dudas sobre cambios en procesos. Estas pueden ir desde adaptaciones en el contenido de los contratos hasta si requieres o no contar con testigos y fe pública.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cada industria y cada caso individual es distinto y amerita evaluarse detenidamente. Sin embargo tenemos algunas recomendaciones generales que deberías seguir en caso de que surja alguna de estas inquietudes.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><em>Ojo: únicamente aplican a contratos firmados electrónicamente en Mifiel con la e.firma o con verificación biométrica según sea el caso. Otro tipo de documentación u otras plataformas de firma electrónica (sin importar el </em><a href="https://blog.mifiel.com/comparacion-tipos-de-firmas/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><em>tipo de firma</em></a><em> soportada) pueden tener características que invaliden estos consejos..</em></p>





<h2 class="wp-block-heading">1. ¿Requiero colocar las líneas para firmas?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">En contratos físicos suele colocarse una línea sobre el nombre de cada signatario para que firme. ¿Debo hacerlo también en contratos digitales firmados en Mifiel?</p>



<p class="wp-block-paragraph">No, ya que el documento con validez legal es el contenedor XML donde la firma no “vive” gráficamente sino electrónicamente. Además, al PDF, Mifiel le agrega una hoja de firmas. Así deja de ser necesaria una línea para ello. Pero si ya tienes contratos elaborados o machotes, no afecta dejar las líneas.</p>



<h2 class="wp-block-heading">2. ¿Debo hacer referencia a que el contrato se firma electrónicamente?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Es una cuestión de preferencia al elaborarlo. Puedes hacerlo si lo quieres, pero no es necesario al implementar firma digital de contratos.</p>



<h2 class="wp-block-heading">3. ¿Necesito testigos para contratos firmados electrónicamente?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Al firmar contratos en papel, la presencia y firma de testigos son un elemento adicional para atribuir las firmas en caso de llegar a juicio. <a href="https://blog.mifiel.com/requisitos-minimos-plataforma-firma-electronica/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Mifiel cumple con las disposiciones del Código de Comercio para firma electrónica avanzada</a> o simple según sea el caso, entonces las firmas realizadas en la plataforma gozan de la presunción legal de atribución y si se realizaron con e.firma, adquieren garantía de no repudio. Con ello dejan de ser necesarios los testigos para dicho fin.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, existen casos en que la legislación aplicable al contrato en cuestión requiere que alguien ajeno a los firmantes sea testigo de la firma, por lo que siguen siendo necesarios. Un ejemplo de ello es el <a href="https://leyes-mx.com/codigo_civil_chiapas/2380.htm#:~:targetText=C%C3%B3digo%20Civil%20Chiapas,Art%C3%ADculo%202380" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Código Civil del Estado de Chiapas, que en su Artículo 2380</a> exige la presencia de dos testigos al suscribir un contrato de arrendamiento.</p>



<h2 class="wp-block-heading">4. ¿Es necesario notariar mis contratos electrónicos?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Contar con fe pública en un contrato le otorga presunción de atribución y es una de las razones principales por la cual se contratan los servicios de un fedatario. Pero firmar electrónicamente en Mifiel también la otorga. Si la única razón para contratar un fedatario es contar con dicha presunción legal, notariar deja de ser necesario en la mayoría de los casos. Además, cuando las firmas se realizan con e.firma, gozan de garantía de no repudio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero la fe pública sigue siendo necesaria cuando la legislación en la materia lo exige. El que pueda <a href="https://blog.mifiel.com/notariar-documento-sin-ir-al-notario/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">firmarse electrónicamente y a la vez notariarse a distancia</a> dependerá del tipo de documento.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Si es de carácter mercantil y no involucra inmuebles (p. ej. la constitución de una empresa), puede firmarse en Mifiel y protocolizarse a distancia. Cuando involucra inmuebles o es de carácter civil, no puede recibir fe pública a distancia, así que difícilmente podría firmarse digitalmente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Existen otros casos donde la fe pública le otorga características especiales a un documento. Por ejemplo, en el ámbito financiero, <strong>un contrato de crédito con fe pública adquiere el carácter de ejecutivo</strong>. Esto permite que el documento sea usado en juicios ejecutivos.</p>



<h2 class="wp-block-heading">5. ¿Qué pasa si la fecha de firma es distinta a la indicada en el documento?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Cuando se firma electrónicamente en Mifiel, queda un registro de la fecha y hora en la que se realizó cada una de las firmas. Además, la constancia de conservación también indicará una fecha y hora, generalmente de unos pocos segundos después a la de la última firma, y que <a href="https://blog.mifiel.com/fecha-cierta-sat/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">legalmente se reconoce como fecha cierta</a>. Entonces si no cuidas la redacción de tu contrato, este puede indicar que se firma en una fecha, pero las estampas de tiempo de alguna —o todas— las firmas no coincidan con la fecha establecida.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para evitar inconsistencias de este tipo, es recomendable usar redacciones alternativas en tus contratos, por ejemplo:</p>



<p class="wp-block-paragraph">a) “El contrato entra en vigor a partir de la fecha en que las partes firmen”. Con esta redacción el contrato entraría en vigor cuando firme la última de las partes y se emita la constancia de conservación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">b) “El contrato entra en vigor en x fecha”. De esta manera el contrato entra en vigencia en la fecha especificada, independientemente de en qué momento firmen las partes, aunque esta no sea la fecha que cuente con certeza jurídica ante la autoridad fiscal.</p>



<h2 class="wp-block-heading">6. ¿Qué puedo hacer si existen errores en un contrato firmado electrónicamente?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Ocasionalmente sucede que el contrato contiene errores y las partes involucradas —pudiendo o no haberlos notado— lo firman.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cuando se firma en físico, una posible solución es que las partes se reúnan, destruyan los contratos originales y firmen los nuevos documentos sin errores. En cambio, cuando se implementa <strong>firma digital en un contrato no es tan fácil de destruirlo</strong> definitivamente y comprobarlo. Ante ello, suponiendo que las partes lleguen a un acuerdo, hay algunas alternativas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Si los errores se detectan antes de que todos firmen, el contrato puede eliminarse en Mifiel y subirse uno nuevo. Pero si se detectan una vez que todos firmaron, las opciones son:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li>Firmar un convenio modificatorio subsanando los errores del contrato original.</li>



<li>Firmar una cancelación del contrato original y posteriormente firmar el nuevo contrato.</li>
</ol>



<h2 class="wp-block-heading">7. ¿Puedo combinar distintos tipos de firmas en un solo documento?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">En ocasiones queremos aprovechar las presunciones y garantías legales y otras ventajas que tiene firmar con la firma electrónica avanzada, pero alguno de los firmantes no tiene su certificado y solicitarle tramitarlo podría entorpecer el proceso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para solucionarlo existe una forma de <a href="https://blog.mifiel.com/combinar-firmas-digitales-autografas-contrato/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">mezclar las firmas electrónicas avanzadas con firmas electrónicas simples</a>, aunque se sacrifique la garantía de no repudio para las firmas simples, pero manteniendo la presunción de atribución de cada firma y la garantía de integridad del documento firmado. Esta forma es que la plataforma de firma soporte ambos tipos de firma electrónica en el mismo documento y que el resultado final sea un solo mensaje de datos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mifiel soporta ambos tipos de firma en un mismo documento y la constancia de conservación garantiza la integridad del documento firmado.</p>



<h2 class="wp-block-heading">8. ¿Es mejor usar la e.firma de persona física o la e.firma de persona moral?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">A diferencia de otras firmas, con la FIEL se pueden firmar contratos como persona moral —y no solo como persona física en representación de la persona moral— en tanto se cuente con el certificado adecuado para ello.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Usar la <a rel="noreferrer noopener" aria-label=" (abre en una nueva pestaña)" href="https://blog.mifiel.com/ventaja-no-conocias-firmar-contratos-fiel-efirma/" target="_blank">e.firma de persona moral representa una ventaja</a>: <strong>deja de ser necesaria la validación de poderes</strong>. Elegir firmar con una u otra dependerá del tipo de organización, el acuerdo entre las partes y los requisitos internos de cada una.</p>



<h2 class="wp-block-heading">9. ¿Pueden detectarse alteraciones en un contrato electrónico después de firmarse en Mifiel?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Para contratos en papel, existen formas de notar que se alteró, así como pruebas científicas para para ello. Cuando se implementa la firma digital de contratos con Mifiel, ¿hay forma de saberlo?</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sí. El uso de una <a rel="noreferrer noopener" aria-label=" (abre en una nueva pestaña)" href="https://blog.mifiel.com/constancia-de-conservacion/" target="_blank">Constancia de Conservación NOM151</a> como estipula el Artículo 49 del Código de Comercio hace imposible alterar el contrato sin que se note y que alguna de las partes pueda “salirse con la suya”. Existen páginas de <a rel="noreferrer noopener" aria-label=" (abre en una nueva pestaña)" href="https://blog.mifiel.com/verificar-una-firma-electronica/" target="_blank">verificación de XML</a> auditables que ayudan en el proceso</p>



<h2 class="wp-block-heading">10. ¿Es necesario validar la identidad de los firmantes cuando firman electrónicamente?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">¿Debe solicitarse al firmante su identificación oficial y otros documentos como persona física, o el acta constitutiva como persona moral, al firmar contratos electrónicamente?</p>



<p class="wp-block-paragraph">La respuesta es: depende del tipo de firma electrónica utilizada para firmar en Mifiel.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cuando una persona firma mediante su e.firma, el certificado público de esta contiene información identificadora tanto de personalidad jurídica (nombre completo, CURP, razón social), fiscal (RFC con homoclave) y biométrica (firma autógrafa, fotografía, escaneo de iris y de huellas digitales). El SAT ya validó la identidad. <a href="https://blog.mifiel.com/es-necesario-verificar-mi-identidad-al-firmar-con-la-fiel/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Al firmar con la e.firma es innecesaria una segunda validación</a>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Dicho de otra forma, <strong>la e.firma funciona como una identificación oficial</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Qué sucede en el caso de las <em>firmas electrónicas simples</em>? Estas sí requieren la verificación de identidad de los firmantes ya que funcionan como elemento probatorio en caso de que nieguen su firma en juicio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El proceso de firma electrónica con verificación biométrica en Mifiel se encarga de validar la identidad del firmante mediante una prueba de vida y una identificación oficial, por lo que no debes preocuparte de realizar el proceso.</p>



<h2 class="wp-block-heading">11. ¿Cómo puedo asegurar que firme quien yo quiero y no otra persona?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">¿Qué pasa si tienes mal el correo electrónico del firmante, se envía a otra persona y firma con su FIEL? Al no aparecer referenciado como firmante en el contrato, no tendría validez.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para evitarlo, puede usarse la <a href="https://blog.mifiel.com/api-mifiel-adecuada-organizacion/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">API de Mifiel</a> o la restricción por RFC en nuestra interfaz (disponibles para <a href="https://www.mifiel.com/es/pricing" target="_blank" rel="noreferrer noopener">contratación adicional</a>) que permiten especificar el RFC del firmante. Si intenta firmar alguien que no coincide, se rechaza la firma.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En caso de que tengas habilitada la funcionalidad de firma electrónica con verificación biométrica y actives la restricción de RFC, esta se anulará si tu firmante no usa una e.firma.</p>



<h2 class="wp-block-heading">12. ¿Estoy obligado a almacenar los contratos firmados electrónicamente?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Mifiel te permite consultar el historial de documentos fácilmente en tu cuenta de usuario. Con ello puedes preguntarte: <em>¿deja de ser necesario almacenar los contratos firmados en mis computadoras/servidores/etc. al menos 10 años como indica el Artículo 38 del Código de Comercio?</em></p>



<p class="wp-block-paragraph">No, esta responsabilidad no se transfiere completamente a Mifiel, entonces tú o tu organización mantienen dicha obligación. Por ello, siempre debes asegurarte de almacenar adecuadamente los XML y PDF, así como de hacer los respaldos adecuados.</p>



<h2 class="wp-block-heading">13. ¿Necesito agregar rúbricas al margen de cada hoja en Mifiel?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">No es necesario. La rúbrica se usa para prevenir que se inserten hojas extras al contrato después de firmarse o que se cambie alguna. En un documento electrónico con constancia de conservación es imposible agregar o intercambiar hojas después de firmado el documento.</p>



<h2 class="wp-block-heading">14. ¿Es posible firmar varios documentos relativos a un contrato cargando la FIEL una sola vez?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Una preocupación constante al implementar la firma electrónica de contratos en Mifiel es cuando se necesita firmar un documento y diversos anexos. Hay dos razones. Primero, está la necesidad de ingresar la e.firma o de realizar una verificación de identidad con biometría cada que se firme uno de ellos volviendo tedioso al proceso. Segunda que cada documento en que todas las partes hayan firmado se debita de su cuenta y cada verificación biométrica también lo hace.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para este caso no hay una recomendación general, sino que cada caso específico debe evaluarse para decidir si es posible condensar varios documentos en unos pocos. Nosotros podemos orientarte o de ser necesario canalizarte con un despacho legal que pueda asesorarte. Así eventualmente podrás ahorrar recursos en compra de documentos y tener una mejor planificación de gastos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para evitar que se deba ingresar la e.firma y su contraseña por cada PDF involucrado, <a href="https://blog.mifiel.com/api-mifiel-adecuada-organizacion/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">mediante la API</a> puede implementarse un <a href="https://blog.mifiel.com/widget-mifiel-que-es/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">widget que facilite firmar</a> varios documentos en una sola sesión seleccionando su e.firma e ingresando su contraseña una sola vez.</p>



<h2 class="wp-block-heading">15. ¿Debo hacer referencia a alguna legislación en el contenido del contrato?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Aunque no es necesario referenciar la legislación de la firma electrónica avanzada en el contrato (a diferencia de un escrito de demanda donde sí es recomendable), todo contrato hace referencia a la legislación con la que se rige, por ejemplo, algún Código Civil, esto sin importar el <a href="https://blog.mifiel.com/comparacion-tipos-de-firmas/" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label=" (abre en una nueva pestaña)">tipo de firma utilizada</a>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De acuerdo con el Dr. Alfredo Reyes Krafft, abogado experto en firma electrónica, es recomendable que la legislación mencionada en el contrato haga referencia a un consentimiento expreso (como el Código Civil Federal). De hacer referencia a un consentimiento tácito, tendría que <a rel="noreferrer noopener" aria-label=" (abre en una nueva pestaña)" href="https://blog.mifiel.com/documentos-firmados-fiel-pruebas-juicios-mexico/" target="_blank">probarse en caso de juicio</a>, complicando el proceso.</p>



<h2 class="wp-block-heading">En conclusión</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Estas dudas y recomendaciones son de carácter general para todos los contratos. Dependiendo de la industria en que estés o del tipo de contrato que elabores, puede haber otros aspectos a considerar al implementar la firma digital de contratos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Contáctanos si quieres platicar tu caso específico sobre algún cambio de proceso ahora que utilizas la e.firma para firmar contratos en Mifiel. Con gusto te ayudaremos a evaluarlo o te canalizaremos con un despacho legal que pueda orientarte.</p>



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		<title>Operaciones de Compraventa Seguras Mediante el Uso de la Firma Electrónica</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Tomás Álvarez Melis]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Feb 2017 19:39:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de uso]]></category>
		<category><![CDATA[compraventa]]></category>
		<category><![CDATA[contratos]]></category>
		<category><![CDATA[escrow]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La firma electrónica avanzada ofrece popularizar los esquemas de escrow permitiendo realizar transacciones seguras en operaciones de compraventa.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-weight: 400;">El <a href="https://en.wikipedia.org/wiki/Escrow" target="_blank" rel="noopener noreferrer">escrow</a> nace como una necesidad de protección para las partes involucradas en un trato o negocio. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Dos actores que quieren realizar una transacción comercial acuerdan realizar la operación involucrando a un tercero imparcial y de confianza que funge como depositario y árbitro. Tradicionalmente el objeto depositado es dinero, es decir, el proceso se “ancla” en el recurso financiero. Si se cumplen ciertas condiciones, el árbitro libera el pago al vendedor. En caso de un problema es el árbitro el que interviene y evalúa cómo proceder. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Tomemos como ejemplo una operación de compraventa de una casa. En una parte del proceso las partes tienen que firmar un contrato de compraventa que además implica que el comprador entregue una suma de dinero al vendedor para “amarrar” la compra.</span></p>
<h4><strong>Se presenta una complicación, ¿se firma el contrato primero o se entrega el dinero primero?</strong></h4>
<p><span style="font-weight: 400;">Idealmente el pago y la firma del contrato deben hacerse al mismo tiempo. Esto requiere que ambas partes se reúnan para firmar y hacer la transferencia de los fondos (ya sea con un cheque certificado o una transferencia en línea hecha al momento).</span></p>
<p>Al usar <a href="https://blog.mifiel.com/comparacion-tipos-de-firmas/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">firmas electrónicas avanzadas</a> para firmar el contrato podemos “anclar” el escrow al contrato en vez de al dinero. En vez de custodiar el dinero del pago, el agente escrow custodia las firmas del contrato, y sólo las libera cuando se cumplen ciertas condiciones.</p>
<h4><strong>¿Qué ventaja tiene esto?</strong></h4>
<p>En principio, el agente escrow ya no tiene que custodiar dinero &#8211; con todas las implicaciones regulatorias y de riesgo que esto conlleva &#8211; sólo custodia firmas electrónicas. Además, al estar el agente custodiando información digital (las firmas), el proceso se vuelve altamente automatizable. Podemos imaginar una plataforma web para gestionar un escrow en donde el agente sólo tiene que intervenir cuando se presenta un problema o alguna de las partes actúa de mala fe. De 100 operaciones, en 98 de ellas el vendedor y comprador cooperarán y podrán completar el proceso en la plataforma de escrow sin necesidad de que el agente intervenga. En dos de las operaciones se necesitará la intervención del agente, permitiendo así distribuir &#8211; y por ende abaratar &#8211; el costo de escrow entre las 100 operaciones.</p>
<p><a href="https://i0.wp.com/blog.mifiel.com/wp-content/uploads/2026/03/escrow-diagram.001.jpg?ssl=1"><img data-recalc-dims="1" fetchpriority="high" decoding="async" class="aligncenter wp-image-769 size-full" title="contrato digital" src="https://i0.wp.com/blog.mifiel.com/wp-content/uploads/2026/03/escrow-diagram.001.jpg?resize=1200%2C739&#038;ssl=1" alt="diagrama-escrow" width="1200" height="739" /></a></p>
<h2>¿Cómo sería esta plataforma web de escrow para operaciones de compraventa?</h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Supongamos una página web administrada por un </span><span style="font-weight: 400;">mediador público</span><span style="font-weight: 400;"> en la cual se registran el vendedor y el comprador.</span></p>
<ol>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">El vendedor sube el contrato de compraventa a la plataforma para que ambas partes (e inclusive el mediador) puedan revisarlo y de ser necesario proponer cambios.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Una vez que las partes queden satisfechas con el contrato, el vendedor lo firma electrónicamente usando su FIEL. La firma electrónica que está representada por una cadena de caracteres única (como en las facturas) se guarda en la plataforma y no es compartida con el comprador.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">La plataforma notifica al comprador que el vendedor ya firmó el contrato y que dicha firma está siendo resguardada.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">El comprador procede a hacer el pago por medio de transferencia bancaria y a notificar en la plataforma que ya realizó el pago. </span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">El vendedor recibe la notificación de pago y procede a consultar en su banca electrónica. Si visualiza el pago lo confirma en la plataforma.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">El comprador es invitado a firmar el contrato en la plataforma, se “libera” la firma del vendedor y tanto el comprador como el vendedor reciben el contrato firmado por ambas partes finalizando el proceso.</span></li>
</ol>
<p>Como se mencionó antes, en el escenario en donde ambas partes cooperan (el más común) no es necesaria la intervención del mediador. La plataforma, mediante el escrow de la firma del vendedor, protege a ambas partes a lo largo del proceso.</p>
<p>Pero, ¿qué pasa si alguna de las partes intenta actuar con dolo o mala fe? Se pueden presentar dos intentos de estafa, uno por parte del vendedor y uno por parte del comprador. En ambos casos el mediador interviene de la siguiente forma:</p>
<h4>Intento de estafa por parte del vendedor</h4>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">El vendedor recibe la transferencia del comprador en su cuenta pero lo niega. En este caso el comprador tendrá que probar que sí ejecutó la transferencia. Esta prueba se puede obtener fácilmente de la </span><a href="https://www.banxico.org.mx/cep/"><span style="font-weight: 400;">página del Banco de México</span></a><span style="font-weight: 400;"> generando un comprobante de transferencia SPEI. Con la prueba de la transferencia el mediador procede a liberarle la firma del vendedor al comprador. </span></li>
</ul>
<h4>Intento de estafa por parte del comprador</h4>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">El comprador no hace el pago pero notifica que sí lo hizo. Se le pide que pruebe que realizó la transferencia. Como no la hizo, el comprador no puede generar el comprobante de transferencia SPEI en la página del Banco de México. A falta de esta prueba el mediador no le libera la firma del vendedor.</span></li>
</ul>
<p>El ejemplo que analizamos es el de una operación de compraventa de una casa, pero el concepto de escrow de una firma electrónica es aplicable a varias situaciones en donde se requieren hacer acciones en paralelo al mismo tiempo.</p>
<h2>Conclusión…</h2>
<p>Al implementar un sistema de escrow basado en firmas electrónicas avanzadas</p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Se disminuye la carga regulatoria del agente de escrow.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Se pueden implementar procesos de escrow altamente automatizados.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Se agiliza y simplifica el servicio de escrow.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Se reducen los costos del servicio.</span></li>
</ul>
<div style="border: 2px dashed #DCDCDC; padding: 1.2em; background-color: #ffffff; border-radius: 15px; -khtml-border-radius: 15px; -moz-border-radius: 15px; -webkit-border-radius: 15px;">Conoce a las empresas que están transformando a diversas industrias a través de la infografía los<a href="https://blog.mifiel.com/infografia-casos-de-uso-2017/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"> 4 casos de uso más populares de firma electrónica en el 2017</a>..</div>
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